CONDICIONES PARTICULARESCONTRATO DE CRÉDITO N° XXX

1. PARTES

Para efectos del presente CONTRATO DE CRÉDITO, se tendrán como partes de este los siguientes:

1.1EL ACREEDOR:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL 

XXXXXXXXXX SAS

IDENTIFICACIÓN

XXXXXXXX

DIRECCIÓN / DOMICILIO

Carrera 43ª # 6Sur – 15 Ofi 3234

CORREO ELECTRÓNICO

Contabilidad@esmiopcion.co

TELÉFONO

3165861124

 

1.2 EL DEUDOR

El DEUDOR XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con documento identidad XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX del mutuo suscrito con EL ACREEDOR en las operaciones del aplicativo de este, cuyas condiciones particulares constan en la cuenta que EL DEUDOR tiene en el aplicativo MIKRO del ACREEDOR cuyos términos y condiciones fueron aceptados por este.

1.3 EL GARANTE O FIADOR, quien para efectos de este documento se denominará CONFIAYÁ S.A.S.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL CONFIAYÁ S.A.S

CONFIAYÁ S.A.S

IDENTIFICACIÓN

901484343-6

DIRECCIÓN / DOMICILIO

Carrera 43ª # 6Sur – 15 Ofi 3234

CORREO ELECTRÓNICO

aux.contable@confiaya.com

TELÉFONO 

3104475114

 

 

2. CONDICIONES PARTICULARES DEL CRÉDITO

N° DE CONTRATO

 

N° PAGARÉ RESPALDO

 

FECHA DEL CRÉDITO

 

VALOR A FINANCIAR

 

TASA DE INTERÉS REMUNERATORIO

 

TASA DE INTERÉS MORATORIO

 

TASA INT. MAXIMA VIGENTE

 

VALOR DEL AVAL (IVA INCLUIDO)

 

VALOR TOTAL DEL CRÉDITO

 

VALOR DE CADA CUOTA

 

 

SERVICIOS ADICIONALES 

PRODUCTO

OPERADO POR

SEGURO DE ACCIODENTES PERSONALES 

SURAMERICANA DE SEGUROS S.A.

VALOR 

$33.500

(Llevaloya s.a.s o Esmiopcion s.a.s), es un mero intermediario, por lo tal se exime de cualquier responsabilidad, el operador del servicio adicional por usted contratado es el único responsable.

 

PLAN DE PAGOS

FECHA

CUOTA

CAPITAL

AVAL

INTERÉS

SALDO

 

 

DATOS DEL DEUDOR

NOMBRE 

 

DENTIFICACIÓN

 

DIRECCIÓN / DOMICILIO 

 

CORREO ELECTRÓNICO 

 

TELÉFONO 

 

El deudor acepta ser notificado en las direcciones aquí suministradas, vía email, mensaje de texto y WhatsApp. Igualmente, en caso de cambiar o modificar sus datos se obliga a notificar al acreedor por los canales propios de la compañía.

3. CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO. EL ACREEDOR concede a título de MUTUO/CRÉDITO al DEUDOR, las sumas descritas en las CONDICIONES PARTICULARES DEL CRÉDITO.

SEGUNDO. FIANZA Y/O AVAL. CONFIAYÁ S.A.S se obliga para con EL ACREEDOR, a amparar un eventual incumplimiento del DEUDOR de las obligaciones emanadas de este contrato de mutuo celebrado entre EL DEUDOR y EL ACREEDOR. Por ello, el DEUDOR declara expresamente que, acepta las condiciones del CONTRATO DE FIANZA que se celebre entre LAS PARTES.

TERCERO. FORMA DE PAGO: El pago de la fianza y/o aval lo realizará el DEDUOR, máximo dentro de las 4 primeras cuotas del crédito.

PARÁGRAFO PRIMERO. ALCANCE: CONFIAYÁ S.A.S amparará el eventual incumplimiento del DEUDOR una vez que EL ACREEDOR pruebe que esta obligación no ha podido ser cobrada al DEUDOR dentro de los 240 días de la entrada en mora por parte del DEUDOR.

PARÁGRAFO SEGUNDO. PAGO ANTICPADO. Si el DEUDOR decide pagar anticipadamente su crédito, dentro de los 30 días siguientes a la apertura del crédito, tendrá que pagar el 25% del aval, IVA incluido, en el evento de un pago anticipado por fuera de esos primeros 30 días, se acelerará el plazo para el pago del costo de la garantía y deberás pagarla en su totalidad. 

PARÁGRAFO TERCERO. La fianza no expirará por la falta de pago de la remuneración.

CUARTA. RESPALDO: EL DEUDOR respalda la obligación adquirida otorgando el pagaré y carta de instrucciones relacionado en las CONDICIONES PARTICULARES DEL CRÉDITO.

QUINTA. DECLARACIONES ADICIONALES: EL DEUDOR declara que:

He leído, entiendo y acepto las condiciones de este contrato crédito, el plan de pagos y las cláusulas del contrato de mutuo, así mismo garantizo que me fue entregada toda la información necesaria sobre el crédito, sus formas de pago y sus etapas de cobro”.

Dentro de las condiciones aceptadas entiendo que:

1. La garantía del producto o del servicio es cubierta por el aliado comercial, ESMIOPCION SAS no tiene responsabilidad alguna en los fallos del servicio prestado, los productos ni las promociones ofrecidas, y por ende en la garantía de los mismos.

2. XXXXXXXXX SAS solamente es facilitador del medio de pago a través de un crédito de consumo.

3. El no pago las cuotas en la fecha de pago causan intereses de mora sobre el monto vencido y da inicio las labores de cobranza de acuerdo a las tasas y tarifas vigentes.

4. XXXXXXXXX SAS. no cobra cuota de manejo ni estudio de crédito, cualquier tarifa adicional será responsabilidad el aliado comercial.

5. Conozco cómo y dónde puedo pagar:

5.1 Pasarela de pagos Payvalida, a través de la plataforma: https://esmio.appmikro.com/ en la sección de pagos y abonos. (Esta transacción podrá tener un costo adicional correspondiente a las comisiones bancarias y pasarelas de pago cobrados por terceros el cual NO es un ingreso para la marca) https://esmio.appmikro.com/customer/no-login-payments

5.2 5.2 Tiendas autorizadas, no tiene ningún costo de transacción. Parágrafo, podrá verificar las tiendas autorizadas en la línea de soporte 3026668621 o al correo electrónicosoporte1@sisteya.com

6. El cliente podrá efectuar pagos anticipados de sus cuotas o saldos en forma total o parcial con intereses liquidados a la fecha del pago y sin ninguna sanción por prepago de sus obligaciones.

Nota: Los valores cobrados no corresponden a un ingreso para ESMIOPCION SAS ya que es una cuenta por pagar a un tercero.”

SEXTA. CONDICIONES GENERALES DEL CRÉDITO: Además de las condiciones particulares del crédito expresadas en este documento, el deudor acepta las CONDICIONES GENERALES DEL CRÉDITO, contenidas en el Anexo 1; las cuales hacen parte integral del contrato.

SEPTIMA. SERVICIO ADICIONALES. El cliente reconocerá que en la cuota estipulada en el plan de pagos podrá hacerse a un cargo adicional por concepto de “servicios adicionales” cuando este haya aceptado en la plataforma la adquisición de los mismos, los cuales pueden incluir entre otros: seguros, membresías y/o cualquier otro servicio ofrecido y presentado por el mutuante o por una tercera parte. Dichos servicios igualmente serán financiados al plazo de su crédito y con las condiciones del mismo.

La cuota de su plan de pagos podrá variar, dependiendo del número de cuotas por usted seleccionada para el pago del servicio adicional. 

Igualmente, cuando el servicio adicional sea ofrecido y operado por un tercero. (Llevaloya s.a.s. – Esmiopción s.a.s.) es un mero intermediario entre el cliente final y operador, sin obligación de responsabilidades y por tal razón deberá cliente comunicarse con el operador para la gestión del servicio contratado.

OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO: Si EL DEUDOR incumple con el plan de pagos establecido en las condiciones particulares y generales del crédito, se podrá dar por terminado el contrato de mutuo y se faculta al ACREEDOR paraque haga uso de las acciones legales apropiadas para el cobro de la acreencia.

NOVENA. LAVADO DE ACTIVOS: Las PARTES declaran bajo la gravedad de juramento que los recursos, fondos, dineros, activos o bienes relacionados con este contrato, son de procedencia lícita y no están vinculados con el lavado de activos ni con ninguno de sus delitos fuente, así como que el destino de los recursos, fondos, dineros, activos o bienes producto de estos no van a ser destinados para la financiación del terrorismo o cualquier otra conducta delictiva, de acuerdo con las normas penales y las que sean aplicables en Colombia, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes derivadas del incumplimiento de esta declaración.

PARÁGRAFO PRIMERO. Las PARTES podrá terminar de manera unilateral e inmediata el presente contrato, en caso de que una de las partes llegare a ser: (i) incluido en las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas porcualquier autoridad nacional o extranjera, tales como la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior – OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas, así como cualquier otra lista pública relacionada con el tema de lavado de activos y financiación del terrorismo, o (ii) condenado por parte de las autoridades competentes en cualquier tipo de proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos. En este sentido, las partes autorizan irrevocablemente a que la otra parte consulte tal información en dichas listas y/o listas similares.

PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de terminación unilateral del contrato por parte ambas partes, en los eventos antes descritos, la parte incumplida no tendrá derecho a reconocimiento económico alguno.

DECIMA. DOMICILIO CONTRACTUAL: El domicilio contractual del presente contrato será la ciudad de Medellín, Antioquia, Colombia. Así lo acepta EL DEUDOR, EL ACREEDOR Y EL GARANTE.

MORA.

i. En caso de mora, LA COMPAÑÍA se comunicará con el CLIENTE/CONSUMIDOR por el medio autorizado informado por este (telefónico, mensajes de texto, correo electrónico, WhatsApp u otros) para recordar los compromisos pendientes por cumplir.

ii. En caso de cambio de datos de contactos del CLIENTE/CONSUMIDOR es su deber reportarlo en el teléfono 3026668621, o al correo soporte1@sisteya.com

iii. En caso de que LA COMPAÑÍA no logre contactar a al CLIENTE/CONSUMIDOR, no lo exime de la responsabilidad de pagar las obligaciones en mora.

iv. Si presenta una o más cuotas con un (1) mes de vencidas, LA COMPAÑÍA iniciará proceso de cobro pre jurídico, cobrado el saldo total adeudado, los intereses de mora, honorarios y gastos de cobranza.

v. Los gastos de cobranza, se originarán cuando el cliente incurra en mora mayor a seis (6)días, iniciada la tapa de cobro pre-juridico, los gastos de cobranza equivaldrán a un mínimo de $7.000 mil pesos y un máximo de $63.000 mil pesos. Adicional al porcentaje de honorarios estipulados en su contrato de crédito particular.   

Nota: En ningún caso se podrá confundir con honorarios de cobranza. Ya que es un gasto de cobranza. 

v. La mora genera el cobro de los honorarios correspondientes a los gastos de cobranza, y trasladarlos al cliente a partir del día 6 de mora, sobre cada producto que presente incumplimiento en el pago, de acuerdo a las siguientes tarifas:

MORA DE 

TARIFA 

IVA 19% 

VALOR FINAL 

6 a 30 días

4%

0.76%

4.76

31 a 60 días

6%

1.14%

7.14

61 a 90 días

15%

2.8%

17.8

Más de 91 

25%

4.75%

29.75

 

vi. El CLIENTE/CONSUMIDOR entiende que cualquier tasa, interés o tarifa podrá ser modificada por LA COMPAÑIA, quien informará de ello en sus canales de comunicación o en su página web.

vii. El CLIENTE/CONSUMIDOR afianzado por CONFIAYÁ S.A.S. conoce que, en caso de incumplir la obligación a su cargo, CONFIAYÁ S.A.S. pagará a LA COMPAÑÍA el porcentaje pactado y, en consecuencia, operará en favor de CONFIAYÁ S.A.S. la subrogación legal del crédito permitiendo recobrar el valor pagado y generando los intereses de mora, honorarios y gastos de cobranza.

En constancia de lo anterior, aceptan el documento del presente documento, así:

Con la firma (DIGITAL O ELECTRÓNICA) del presente documento, lo suscriben:

 

 

EL ACREEDOR;​​​​​EL DEUDOR, 

 

XXXXXXXXXXX SAS​​​       XXXXXXXXXXXXX

NIT. XXXXXXXXXX​​​​       C.C. XXXXXXXX